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REGISTRO DE ESPECIALISTAS

REGISTRO DE ESPECIALISTAS

La Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias exige la creación de un Registro de Especialistas. La Resolución de 27 de marzo de 2007 de la Dirección General de Recursos Humanos y Servicios Económico-Presupuestarios publica el Acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud sobre los registros de profesionales sanitarios (BOE Nº 90, de 14 de abril de 2007). Se ruega a todos los COLEGIADOS que estén en posesión del título de especialista que lo comuniquen al Colegio de Médicos personándose, con los documentos correspondientes, en la sede de Colegio. Una vez acreditado podrá solicitar un certificado de especialista, bien en la sede del Colegio, bien a través del siguiente enlace.



Adjunto 1: Ley_ordenacion_profesiones_sanitarias.pdf


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